Acerca de Guardia de Cuentas
Acerca de Guardia de Cuentas
Por qué este sitio cubre solamente el tramo de la cuenta, de dónde sale la información y cómo escribirnos.
Acerca de Guardia de Cuentas
Qué cubre este sitio
Cuando la cuenta se frena, lo que más tiempo cuesta no es el reclamo: es entender quién la frenó.
El exchange que suspende los retiros, el banco que limita la operatoria y la UIF que congela fondos producen el mismo efecto visible —no podés mover tu plata— pero son tres cosas distintas, con normas distintas, plazos distintos y vías de salida distintas. Dirigir el reclamo al lugar equivocado es el desperdicio de esfuerzo más común que vemos.
Así que acá hacemos una sola cosa: separar esas tres líneas y explicar, con la resolución al lado, qué corre en cada una y qué podés hacer.
De dónde sale la información
- La normativa se cita del texto, no de resúmenes de terceros: Ley 27.739, Resolución UIF 207/2025, el régimen de PSAV ante la CNV y la normativa del BCRA. Cada artículo cierra con los enlaces para que puedas verificarlo.
- Lo que es práctica y no norma, se dice. Cuando algo depende del criterio de cada entidad y no de una regla escrita, está señalado como tal.
- Cuando no hay plazo, lo decimos. Buena parte del contenido que circula promete tiempos que nadie puede garantizar; acá se distingue lo que está escrito de lo que no.
El marco argentino está en movimiento. Lo que leas refleja la información pública al momento de escribir; ante un caso concreto, verificá el estado actual.
Qué no hacemos
No damos asesoramiento legal, no gestionamos trámites y no recomendamos plataformas.
Un punto que conviene subrayar: la normativa no prevé ningún mecanismo por el cual tengas que pagar una tasa o mover tus fondos para que se levante una restricción. Cualquier oferta en ese sentido —venga de donde venga— no responde a ningún procedimiento real.
Si hay una causa penal de por medio, si te notificaron como imputado o si el monto es importante para vos, lo que corresponde es un abogado, no un artículo.
Escribinos
Si encontrás un error, si una resolución cambió o si tenés documentación de un caso que ayude a precisar algo, escribinos a kycref@kycref.com.
Indicá qué artículo, qué párrafo y en qué te basás: así se corrige rápido.
